17/07/2024 BAE - Nota - Negocios - Pag. 10

Motosierra en los medios públicos: el Gobierno abrió un plan de retiro voluntario
Está dirigido al personal de la Televisión Pública, Radio Nacional y Canal 12 de Trenque Lauquen

Unas horas después de abrir un nuevo plan de retiro voluntario en Aerolíneas Argentinas, el Gobierno apuntó la motosierra hacia los medios públicos.
En ese marco, Radio y Televisión Argentina (RTA) dispuso la apertura de esta modalidad para todo el personal de la Televisión Pública, Radio Nacional y Canal 12 de Trenque Lauquen.
El Gobierno argumenta que el costo laboral en RTA es el principal gasto de la entidad, lo que justifica una profunda reorganización de su estructura de personal.
La medida busca generar una gestión más eficaz de los recursos, cumpliendo con los principios de "eficiencia y generación de valor" establecidos en la normativa vigente, explicaron desde el Poder Ejecutivo.
El procedimiento contempla dos módulos: uno específico, que es para todo el personal que no este en condición de jubilarse, y otro especial para aquellos empleados que se encuentren cerca de la edad jubilatoria. Asimismo, la empresa establecerá dos opciones para acceder al plan de retiro cuyos requisitos serán: en la primera alternativa, tener hasta 56 años en el caso de las mujeres y 61 en el caso de los hombres, así como también de aquellas mujeres que hubiesen optado por la prórroga jubilatoria. La opción dos contempla tener 57 o más años en el caso de las mujeres, y 62 o más años en el caso de los hombres, así como también de aquellas mujeres que hubiesen optado por la prórroga jubilatoria.
Los empleados que deseen adherirse deberán tener cumplido el requisito de la edad exigido al 30 de junio del corriente año.
A través de un comunicado, RTA (cuyo interventor es Eduardo González) indicó: "Podrá aceptar o rechazar las solicitudes de los retiros, siendo está su facultad exclusiva y excluyente. Se considerará, entre otros aspectos, el cumplimiento de los requisitos estipulados, necesidades de perfiles y estructura, así como también los parámetros económicos para el cálculo (topes) y la respectiva disponibilidad de recursos, etc".
Las dos alternativas La propuesta de RTA para la primera opción será una gratificación especial que se otorgará por única vez. Estos es, un mes de sueldo bruto por año de antigüedad más un sueldo bruto y una suma equivalente al 20% de los conceptos anteriormente mencionados.
Para la segunda opción se presentarán dos caminos. Uno es aceptar una gratificación especial por única vez, por la que se abonará una suma equivalente a tres sueldos brutos. Luego se accederá a una gratificación especial de pago diferido: allí se abonará una suma equivalente al 90% del sueldo bruto en cuotas mensuales iguales y consecutivas por el período remanente desde el mes posterior a la firma y hasta el mes en que el colaborador cumpla el requisito de edad jubilatoria inclusive. La segunda alternativa es aceptar una gratificación especial por única vez: se abonará una suma equivalente a tres sueldos brutos más el monto resultante de la suma del 20% del mejor sueldo por cada una de las cuotas remanentes del plan. Por otro lado, el trabajador accederá a una gratificación especial de pago diferido. En ese caso se abonará una suma equivalente al 70% del salario bruto en cuotas mensuales iguales y consecutivas por el período remanente desde el mes posterior a la firma y hasta el mes en que el colaborador cumpla el requisito de edad jubilatoria inclusive.
"En el caso de la opción dos del plan de retiros voluntarios, RTA adicionalmente podrá disponer mecanismos para proveer una cobertura médico asistencial en condiciones asimilables a la que actualmente posea el trabajador a través de acuerdos con prestadores y/u otorgamiento de un valor determinado, estimado en cada caso por un cálculo actuarial", se indicó en el comunicado.
Por último, la empresa indicó que la gratificación especial por única vez se abonará dentro de los diez días hábiles de suscripto el acuerdo y que la gratificación especial de pago diferido se hará efectiva dentro de los primeros cinco días hábiles del mes al que corresponda cada cuota.

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